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FOLLETO DE LOS DERECHOS BÁSICOS DE LOS CONTRATANTES, ASEGURADOS Y BENEFICIARIOS

INDICE

  1. DERECHOS ANTES Y DURANTE LA CONTRATACIÓN
  2. DERECHOS AL OCURRIR UN SINIESTRO
  3. ALCANCE DE LA COBERTURA CONTRATADA
  4. FORMA DE CONSERVAR LA COBERTURA CONTRATADA
  5. FORMAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO
  6. BASES, CRITERIOS A SEGUIR Y LAS OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN Y/O REPARACIÓN DEL VEHÍCULO ASEGURADO

Aseguradora Patrimonial Daños, S.A., en lo sucesivo, “La Aseguradora”, presenta a disposición del Asegurado el siguiente Folleto de los Derechos Básicos de los Contratantes, Asegurados y Beneficiarios.

  1. DERECHOS ANTES Y DURANTE LA CONTRATACIÓN
    1. Solicitar al Agente, o a los empleados y apoderados de la persona moral que promocione o le venda su seguro, la identificación que lo acredite como tal.
    2. Solicitar se le informe el importe de la Comisión o Compensación Directa que le corresponda al Agente o a la persona moral que sin ser agente de seguros le haya promocionado o vendido su seguro.
    3. Solicitar toda información que le permita conocer las Condiciones Generales del contrato de seguro.

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  3. DERECHOS AL OCURRIR UN SINIESTRO
    1. Recibir el pago de las prestaciones procedentes en función a la Suma Asegurada contratada aunque la prima del contrato de seguro no se encuentre pagada, siempre y cuando no se haya vencido el período de gracia, otorgado en la póliza, para el pago de la prima de seguro.
    2. El Asegurado tiene derecho a cobrar una indemnización por mora, en caso de falta de pago oportuno de las Indemnizaciones que resulten a su favor.
    3. En caso de controversia, se podrá solicitar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la emisión de un dictamen técnico, si las partes no se sometieron a su arbitraje.

    (Indice)

  4. ALCANCE DE LA COBERTURA CONTRATADA

    A continuación se describen todas las coberturas que se pueden otorgar en su seguro, en su carátula de Póliza aparecen las que su Seguro tiene contratado así como la Suma Asegurada de cada una. En caso de duda con respecto a los riesgos cubiertos de las coberturas contratadas, su descripción se encuentra disponible en la página de internet de "La Aseguradora" (www.apatrimonial.com.mx)

    1. DAÑOS MATERIALES

      Esta cobertura ampara los daños o pérdidas materiales que sufra el vehículo asegurado a consecuencia de los riesgos que se describen en las Condiciones Generales de la póliza.

      En la carátula de la póliza se describe el porcentaje del deducible que en cada siniestro quedará a cargo del asegurado. El concepto de deducible corresponde a la participación del asegurado en el costo de un siniestro que afecte la cobertura de daños materiales.

    2. ROBO TOTAL

      Esta cobertura ampara el robo total del vehículo asegurado y las pérdidas o daños materiales que sufra a consecuencia de su robo total.

      En la carátula de la Póliza, se describe el porcentaje del deducible, que en cada siniestro quedará a cargo del Asegurado. El concepto de deducible corresponde a la participación del Asegurado en el costo de un siniestro que afecte la cobertura de robo total.

    3. RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS A TERCEROS

      Esta cobertura ampara la responsabilidad civil en que incurra el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento expreso o tácito use el vehículo y que a consecuencia de dicho uso cause daños materiales a terceros: en sus bienes, y/o le cause lesiones corporales y/o la muerte.

      1. GASTOS MÉDICOS DE OCUPANTES

        Esta cobertura ampara el pago de gastos médicos por concepto de hospitalización, medicamentos, atención médica, enfermeros, servicio de ambulancia y gastos funerarios, originados por lesiones corporales que sufra el Asegurado o cualquier persona ocupante del vehículo, en accidentes automovilísticos ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados al transporte de personas.

  5. (Indice)

  6. FORMA DE CONSERVAR LA COBERTURA CONTRATADA

    La cobertura contratada se conserva mediante el pago oportuno de la prima o fracción de ésta en caso de pago en parcialidades.

  7. (Indice)

  8. FORMAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO

    Las formas de terminación del presente contrato son las siguientes:

    1. Terminación de la vigencia del contrato
    2. Terminación anticipada del contrato, en caso de solicitarla “La Aseguradora”, surtirá efectos 15 días posteriores a su notificación, en caso de solicitarla el Asegurado, surtirá efectos el mismo día de la notificación.
    3. Falta de pago de la prima o fracción de ella en el caso de pago en parcialidades una vez agotado el periodo de gracia otorgado y señalado en las Condiciones Generales del contrato.
    4. La cobertura del seguro de Plan Piso estará vigente hasta la venta de la unidad asegurada al consumidor final. Esta venta se formaliza, con la facturación o entrega del vehículo por parte del Distribuidor de Automóviles, al comprador lo que primero suceda.

  9. (Indice)

  10. BASES, CRITERIOS A SEGUIR Y LAS OPCIONES DE INDEMNIZACIÓN Y/O REPARACIÓN DEL VEHÍCULO ASEGURADO

    La cobertura del seguro de Plan Piso estará vigente hasta la venta de la unidad asegurada al consumidor final. Esta venta se formaliza, con la facturación o entrega del vehículo por parte del Distribuidor de Automóviles, al comprador lo que primero suceda.

    Para el caso de Pérdida Total del vehículo asegurado que afecte las Coberturas de Daños Materiales o Robo Total, las Sumas Aseguradas se determinarán aplicando los siguientes criterios:

    • Seguro de Automóviles Residentes

      Para las Coberturas Daños Materiales y Robo Total, la Suma Asegurada corresponde al “Valor Comercial de la unidad asegurada al momento del siniestro.” Este valor será el Límite Máximo de Responsabilidad de "La Aseguradora."

    • Seguro Integral Plus de Automóviles (Seguro de Traslado y Plan de Piso)
    • Para las Coberturas de Daños Materiales y Robo Total, la Suma Asegurada corresponde al Valor de la factura original de la unidad asegurada (factura de Planta), más los impuestos del ISAN e IVA.

    • Bases de Indemnización

      Si el vehículo se encuentra libre de cualquier detención, incautación, confiscación u otra situación semejante producida por orden de las autoridades legalmente reconocidas que con motivo de sus funciones intervengan en dichos actos, “La Aseguradora” tendrá la obligación de iniciar sin demora la valuación de los daños, una vez conocida la ubicación física del vehículo asegurado.

      “La Aseguradora” no quedará obligada a indemnizar el daño sufrido por el vehículo si el Asegurado ha procedido a su reparación o desarmado antes de que ésta realice la valuación y declare procedente la reclamación. De igual forma, no reconocerá daños preexistentes o no declarados a “La Aseguradora”.

      Terminada la valuación y reconocida su responsabilidad y sin perjuicio de lo señalado en el artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, “La Aseguradora” deberá indemnizar o reparar por el importe de la valuación de los daños sufridos en la fecha del Siniestro.

    • Condiciones aplicables en reparación:
      • Seguro de Automóviles Residentes

        Cuando “La Aseguradora” opte por reparar el vehículo asegurado, la determinación del centro de reparación y la de proveedores de refacciones y partes estará sujeta a su disponibilidad en la plaza más cercana al lugar del accidente, a que éste cuente con área de laminado y de mecánica, que cumpla con el estándar general de calidad, así como a que exista convenio de prestación de servicios y pago con “La Aseguradora”.

        En caso de existir disponibilidad en la plaza más cercana al lugar del accidente, tanto de la agencia distribuidora de la marca, como de talleres multi-marca o especializados con los que “La Aseguradora” tenga convenio de servicio vigente.

        Para vehículos nuevos asegurados dentro de sus primeros veinticuatro meses de uso a partir de la fecha de su facturación de origen, los centros de reparación previstos, serán las agencias distribuidoras de la marca o aquellos talleres que presten servicios de manera supletoria que estén reconocidos y autorizados por la marca.

        La responsabilidad de “La Aseguradora” consiste en ubicar a los posibles proveedores que ofrecen reparaciones, refacciones y partes al mercado, confirmando su existencia y disponibilidad para surtirlas, así como verificar que el taller o agencia instale las partes que le hayan sido requeridas y su reparación sea de una forma apropiada.

        Cuando “La Aseguradora”opte por indemnizar, lo hará del conocimiento expreso al Asegurado o beneficiario, quién recibirá la indemnización de los daños sufridos e incluidos en la reclamación del siniestro que sean procedentes de acuerdo a la valuación realizada por “La Aseguradora.”

      • Seguro de Traslado y Plan de Piso

        Las unidades aseguradas, vehículos nuevos en proceso de venta, se asignarán para su reparación a la agencia propietaria de la unidad asegurada. En este seguro no se aplicará el concepto de deducible a cargo del Asegurado establecido para las coberturas de daños materiales y robo total.

      • Coordinación de Servicios al Asegurado

        La atención de ajustadores al lugar del accidente o ante autoridades, podrá solicitarse a los siguientes teléfonos: 56362459 y 01 (800)5524910.

        En caso de solicitudes de orientación o quejas sobre el servicio de ajuste, el asegurado podrá reportar su trámite en proceso a los teléfonos: 5249 8660, 5249 8692, 5249 8680 y 5249 8681.

        (Indice)

“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 31 de marzo de 2015, con el número RESP-S0100-0197-2015”

Seguro de Automoviles